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Factura A Sujeta a Retención - Pago en CBU 2025

por Francisco G. Ramírez
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Desde diciembre de 2025, la AFIP reemplazó definitivamente la vieja Factura M por la nueva Factura A sujeta a retención. Este cambio promete más agilidad en el sistema y busca frenar maniobras de evasión sin trabar la facturación de los emprendedores.

👉 En otras palabras: toda situación que antes generaba una Factura M, ahora genera una Factura A con la leyenda “Operación sujeta a retención”.

En Contablix, asesoramos a cientos de emprendedores y empresas en este cambio normativo, ayudándolos a entender si les corresponde esta modalidad y cómo calcular correctamente las retenciones.


Por qué existía la factura M y qué cambió con la nueva factura A 🧾

Hace unos años, muchos empresarios encontraron un “truquito” para evadir impuestos: hacían que sus empleados se inscribieran como responsables inscriptos, para luego facturar servicios ficticios a las empresas.

Así, las empresas se generaban créditos fiscales de IVA, y los falsos responsables nunca pagaban los impuestos.

Para frenar esa movida, nació la Factura M, que obligaba al cliente a retener el 27% del pago. Pero, como siempre, terminaron pagando justos por pecadores: muchísimos emprendedores legítimos quedaron bloqueados para emitir Factura A, lo que les generó enormes perjuicios financieros. ⚠️


Cómo queda el sistema a partir de diciembre de 2025 🔄

Con la eliminación de la Factura M, AFIP creó dos nuevos tipos de Factura A, más flexibles y con un sistema de análisis de riesgo digital.

🧩 Las opciones son:

  • Factura A con pago en CBU: para responsables inscriptos que no puedan acreditar solvencia, pero que estén al día. Los cobros deben acreditarse exclusivamente en una cuenta declarada ante AFIP.
  • Factura A sujeta a retención: se aplica a contribuyentes con inconsistencias detectadas por AFIP, donde el receptor del comprobante debe retener IVA y Ganancias.

📊 Retenciones aplicables:

  • IVA: 💸 100 % del IVA
  • Ganancias: 📉 3 % sobre el neto facturado

👉 El objetivo es evitar la evasión sin frenar la actividad de quienes sí cumplen.

[Ver video en YouTube](https://www.youtube.com/watch?v=l22MeJtfM9I


Qué significa acreditar solvencia ante AFIP 💰

Para emitir Factura A normal (sin retenciones), necesitás acreditar solvencia. Si no lo hacés, caés automáticamente en las categorías de A con CBU o A sujeta a retención.

💼 Si sos persona física, podés hacerlo de dos formas:

  • Con tus declaraciones de Bienes Personales de los últimos dos años presentadas.
  • Con autos o inmuebles cuyo valor fiscal supere el 15 % del mínimo no imponible del impuesto.

🏢 Si sos sociedad, la solvencia se acredita con bienes propios o de los socios que tengan al menos el 30 % del capital. Esos bienes no pueden usarse para otra empresa simultáneamente.

📆 Además, AFIP (ahora ARCA) hace un análisis cuatrimestral (oct-ene / feb-may / jun-sep) para habilitar la emisión de Factura A normal.

Por experiencia propia, yo pasé a responsable inscripto en diciembre y recién en junio pude emitir facturas A sin retenciones. Durante esos meses, mis clientes tuvieron que retenerme IVA y Ganancias, y me quedó un saldo inmovilizado en AFIP. 😤


Parámetros de control: cuándo te pueden limitar la emisión de Factura A ⚙️

ARCA corre un sistema de control automático. Si no lo pasás, te bajan la categoría y solo podrás emitir Factura A sujeta a retención.

🚨 Principales factores de riesgo:

  • Relación facturación / empleados / actividad declarada.
  • Relación facturación / acreditaciones bancarias.
  • Relación facturación / bienes registrables.
  • Falta de presentación de declaraciones juradas o libros de IVA Digital.
  • Calificación SIPER baja.
  • Inconsistencias en domicilios o entre débito y crédito fiscal.

Ejemplo real: una empresa constructora que factura 💵 $100 millones mensuales y no tiene empleados puede ser observada por ARCA y perder la habilitación para emitir facturas normales.


Cómo calcular la retención en Factura A 🧮

Si te toca emitir o recibir una Factura A sujeta a retención, tu cliente debe:

  • Retenerte el 100 % del IVA del comprobante.
  • Retenerte el 3 % en Ganancias sobre el neto.
  • Entregarte un comprobante de retención, que podés usar como pago a cuenta.

💡 En Contablix desarrollamos una calculadora de retenciones para que puedas verificar cuánto te corresponde retener o cuánto deberían haberte retenido.

👉 Consultá nuestra calculadora de retenciones


Resumen final: los tres tipos de Factura A desde 2025 ✅

📄 Factura A común: para contribuyentes solventes o con buen perfil fiscal.

🏦 Factura A con pago en CBU: para quienes están en período de análisis.

⚠️ Factura A sujeta a retención: para quienes no cumplen los parámetros de control o presentan inconsistencias.

En Contablix, te ayudamos a evaluar tu situación y planificar el paso a responsable inscripto sin trabas ni sorpresas.

👉 Consultá tu caso con Contablix y asegurate de emitir correctamente según tu perfil fiscal.


Francisco G. Ramirez - Consultor Tributario

Francisco G. Ramirez

Consultor Tributario

Contador Público Nacional (UNCuyo, 2014), Master in Laws – Derecho Tributario (UTDT, 2017), diplomado en Criptoeconomía y Planificación Patrimonial.

+12 años de experiencia asesorando a emprendedores y empresas argentinas.

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¿Por qué me sale Factura A con retención?

Es una factura que AFIP obliga a emitir cuando detecta riesgos de incumplimiento. El cliente debe retener IVA y Ganancias.

¿Qué significa Factura A sujeta a retención?

Implica que no se debe pagar totalmente porque tu CUIT no cumple los parámetros de control de ARCA.

¿Cómo calcular las retenciones en Factura A?

El cliente retiene 100 % del IVA y 3 % en Ganancias sobre el neto. Podés usar nuestra calculadora online para saber el monto exacto.

¿Qué diferencia hay entre Factura A y Factura A sujeta a retención?

La primera no tiene retenciones y se emite sin restricciones; la segunda implica retenciones obligatorias por parte del cliente.

¿Qué estudio contable me conviene si vendo online o soy profesional independiente?

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