Factura A Sujeta a Retención - Pago en CBU 2025
Desde diciembre de 2025, la AFIP reemplazó definitivamente la vieja Factura M por la nueva Factura A sujeta a retención. Este cambio promete más agilidad en el sistema y busca frenar maniobras de evasión sin trabar la facturación de los emprendedores.
👉 En otras palabras: toda situación que antes generaba una Factura M, ahora genera una Factura A con la leyenda “Operación sujeta a retención”.
En Contablix, asesoramos a cientos de emprendedores y empresas en este cambio normativo, ayudándolos a entender si les corresponde esta modalidad y cómo calcular correctamente las retenciones.
Por qué existía la factura M y qué cambió con la nueva factura A 🧾
Hace unos años, muchos empresarios encontraron un “truquito” para evadir impuestos: hacían que sus empleados se inscribieran como responsables inscriptos, para luego facturar servicios ficticios a las empresas.
Así, las empresas se generaban créditos fiscales de IVA, y los falsos responsables nunca pagaban los impuestos.
Para frenar esa movida, nació la Factura M, que obligaba al cliente a retener el 27% del pago. Pero, como siempre, terminaron pagando justos por pecadores: muchísimos emprendedores legítimos quedaron bloqueados para emitir Factura A, lo que les generó enormes perjuicios financieros. ⚠️
Cómo queda el sistema a partir de diciembre de 2025 🔄
Con la eliminación de la Factura M, AFIP creó dos nuevos tipos de Factura A, más flexibles y con un sistema de análisis de riesgo digital.
🧩 Las opciones son:
- Factura A con pago en CBU: para responsables inscriptos que no puedan acreditar solvencia, pero que estén al día. Los cobros deben acreditarse exclusivamente en una cuenta declarada ante AFIP.
- Factura A sujeta a retención: se aplica a contribuyentes con inconsistencias detectadas por AFIP, donde el receptor del comprobante debe retener IVA y Ganancias.
📊 Retenciones aplicables:
- IVA: 💸 100 % del IVA
- Ganancias: 📉 3 % sobre el neto facturado
👉 El objetivo es evitar la evasión sin frenar la actividad de quienes sí cumplen.
[Ver video en YouTube](https://www.youtube.com/watch?v=l22MeJtfM9I
Qué significa acreditar solvencia ante AFIP 💰
Para emitir Factura A normal (sin retenciones), necesitás acreditar solvencia. Si no lo hacés, caés automáticamente en las categorías de A con CBU o A sujeta a retención.
💼 Si sos persona física, podés hacerlo de dos formas:
- Con tus declaraciones de Bienes Personales de los últimos dos años presentadas.
- Con autos o inmuebles cuyo valor fiscal supere el 15 % del mínimo no imponible del impuesto.
🏢 Si sos sociedad, la solvencia se acredita con bienes propios o de los socios que tengan al menos el 30 % del capital. Esos bienes no pueden usarse para otra empresa simultáneamente.
📆 Además, AFIP (ahora ARCA) hace un análisis cuatrimestral (oct-ene / feb-may / jun-sep) para habilitar la emisión de Factura A normal.
Por experiencia propia, yo pasé a responsable inscripto en diciembre y recién en junio pude emitir facturas A sin retenciones. Durante esos meses, mis clientes tuvieron que retenerme IVA y Ganancias, y me quedó un saldo inmovilizado en AFIP. 😤
Parámetros de control: cuándo te pueden limitar la emisión de Factura A ⚙️
ARCA corre un sistema de control automático. Si no lo pasás, te bajan la categoría y solo podrás emitir Factura A sujeta a retención.
🚨 Principales factores de riesgo:
- Relación facturación / empleados / actividad declarada.
- Relación facturación / acreditaciones bancarias.
- Relación facturación / bienes registrables.
- Falta de presentación de declaraciones juradas o libros de IVA Digital.
- Calificación SIPER baja.
- Inconsistencias en domicilios o entre débito y crédito fiscal.
Ejemplo real: una empresa constructora que factura 💵 $100 millones mensuales y no tiene empleados puede ser observada por ARCA y perder la habilitación para emitir facturas normales.
Cómo calcular la retención en Factura A 🧮
Si te toca emitir o recibir una Factura A sujeta a retención, tu cliente debe:
- Retenerte el 100 % del IVA del comprobante.
- Retenerte el 3 % en Ganancias sobre el neto.
- Entregarte un comprobante de retención, que podés usar como pago a cuenta.
💡 En Contablix desarrollamos una calculadora de retenciones para que puedas verificar cuánto te corresponde retener o cuánto deberían haberte retenido.
👉 Consultá nuestra calculadora de retenciones
Resumen final: los tres tipos de Factura A desde 2025 ✅
📄 Factura A común: para contribuyentes solventes o con buen perfil fiscal.
🏦 Factura A con pago en CBU: para quienes están en período de análisis.
⚠️ Factura A sujeta a retención: para quienes no cumplen los parámetros de control o presentan inconsistencias.
En Contablix, te ayudamos a evaluar tu situación y planificar el paso a responsable inscripto sin trabas ni sorpresas.
👉 Consultá tu caso con Contablix y asegurate de emitir correctamente según tu perfil fiscal.
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¿Por qué me sale Factura A con retención?
Es una factura que AFIP obliga a emitir cuando detecta riesgos de incumplimiento. El cliente debe retener IVA y Ganancias.
¿Qué significa Factura A sujeta a retención?
Implica que no se debe pagar totalmente porque tu CUIT no cumple los parámetros de control de ARCA.
¿Cómo calcular las retenciones en Factura A?
El cliente retiene 100 % del IVA y 3 % en Ganancias sobre el neto. Podés usar nuestra calculadora online para saber el monto exacto.
¿Qué diferencia hay entre Factura A y Factura A sujeta a retención?
La primera no tiene retenciones y se emite sin restricciones; la segunda implica retenciones obligatorias por parte del cliente.
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